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Concurso de acreedores
DESBALLESTAMENTS VELA SL
CIF B64887797Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 08/11/2012 → 08/11/2012
- Procedimiento
- 671/2012
Cronología del expediente
- Otro acto concursal08/11/2012⚖️ BARCELONAProc. 671/2012Auto 10/10/2012
Edicto. Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 671/2012 en el que se ha dictado con fecha 10 de octubre de 2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad Desballastaments Vela, S.L., con CIF: B-64887797 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: Nig del procedimiento: 08019 - 47 - 1 - 2012 - 8004632. Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso Concursada: Desballastaments Vela, S.L., con domicilio en Cami Puigmail, Pl La Bóvila, 10, Els Hostalets de Balenyà. Administrador concursal: Don Roberto Pons Caballero, con domicilio en calle Madrazo, 14, 5.º, 1.ª de Barcelona con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Dado en Barcelona, 29 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.