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Concurso de acreedores
DESARROLLOS URBANISTICOS DAVECON SL
CIF B16200875Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 23/03/2013 → 07/02/2024
- Procedimiento
- 107/2013
- Juzgado
- Primera Instancia e Instrucción - 2
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso07/02/2024⚖️ Primera Instancia e Instrucción - 2Proc. 107/2013Juez : MARIA BELEN RUIZ BELDAAuto 05/02/2024
Se ha declarado la conclusión de concurso, acordándose cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las contenidas en la sentencia de calificación y la cancelación de las anotaciones e inscripciones.
- Declaración de concurso23/03/2013⚖️ CUENCAProc. 107/2013Auto 13/03/2013
Edicto El Juzgado de Primera Instancia número 2 y lo Mercantil de Cuenca, hace saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número concurso voluntario ordinario 107/2013 y NIG n.º 16078 41 1 2013 0000531, se ha dictado en fecha 13 de marzo de 2013, auto de declaración de concurso del deudor Desarrollos Urbanísticos Davecon, S.L., CIF B16200875, con domicilio y centro de intereses principales en Cuenca, calle Carretería, número 6, piso 1, letra A. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que sigue conservando el deudor. Se ha designado, como administración concursal al economista don Alberto Swiec Tenenbaum, con domicilio a efectos de concurso en Cuenca, calle San Francisco, número 2, piso 2, letra B, código postal 16001, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Cuenca, 13 de marzo de 2013.- Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.