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Concurso de acreedores

DESARROLLOS PROIMAR ZARAGOZA SL

CIF B50899079Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
318/10/201113/03/2012
Procedimiento
323/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Zaragoza

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación13/03/2012
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 323/2011Auto 17/02/2012

    Don Rafael Sousa Herranz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, anuncia: Que en la sección I declaración concurso 323/2011-A, NIG 50297 47 1 2011/0000292, referente al concursado Desarrollos Proimar Zaragoza, Sociedad Limitada, CIF: B50899079, por auto de fecha 17 de febrero de 2012, se ha acordado lo siguiente: Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo.: Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero.- Se ha declarado disuelta la mercantil Desarrollos Proimar Zaragoza, Sociedad Limitada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarto.- Se ha aprobado el plan de liquidación y se ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el BOE, en el Registro Público Concusal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Zaragoza, 17 de febrero de 2012.- El/la Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal22/12/2011
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 323/2011Auto 30/11/2011

    Don Rafael Sousa Herranz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, anuncia: Primero.-Que en la sección I declaración concurso 323/2011, referente a la deudora "Desarrollos Proimar Zaragoza, Sociedad Limitada", CIF: B-50899079, se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Asímismo, se ha presentado informe de modificación de la propuesta anticipada de liquidación. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias a su costa. Segundo.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. Asímismo, podrán formular observaciones a la propuesta anticipada de liquidación. Tercero.-Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Zaragoza, 30 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

  3. Declaración de concurso18/10/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º1 de ZaragozaProc. 323/2011Auto 21/09/2011

    Doña Milagros Alcón Omedes, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Zaragoza, por el presente, hago saber: Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 323/2011 se ha dictado a instancias de en fecha 21 de Septiembre de 2011 auto de declaración de concurso voluntario del deudor DESARROLLOS PROIMAR ZARAGOZA, SOCIEDAD LIMITADA, CIF: B50899079, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Zaragoza, calle Costa, nº 12, 2º Izquierda, que coincide con su domicilio social. Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal) Zaragoza, 21 de septiembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.