Concurso de acreedores
DERBILUZ SL
CIF B81228637Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 17/11/2009 → 20/11/2013
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso20/11/2013⚖️ MADRIDAuto 08/11/2013
Edicto Don Miguel Ángel Acevedo González, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 401/09, por auto de 08/11/13 se ha acordado la conclusión del concurso del deudor Derbiluz, con C.I.F. B-81228637. 2.º Se ha acordado la extinción de la entidad con cancelación de los asientos referentes a la sociedad extinguida, y cierre de su hoja registral en los Registros Públicos correspondientes. 3.º Se ha acordado el cese de su cargo del Administrador Concursal. Madrid, 8 de noviembre de 2013.- Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid.
- Otro acto concursal17/11/2009⚖️ MADRIDAuto 06/11/2009
Edicto Doña Carmen Alesanco Retana, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 401/09, por auto de 05/11/09 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Derbiluz, S.L., CIF B-81228637, con domicilio en calle Levante, nº 14-B, Polígono Industrial de Mejorada del Campo (Madrid). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, don Emilio González Bilbao, con despacho profesional en Madrid, calle Modesto Lafuente, nº 19, bajo izda., la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito y se presentará en el Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 6 de noviembre de 2009.- Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.