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Concurso de acreedores

PROMOCIONES DELTA ROLAND SL

CIF B81785867Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
210/12/201307/06/2016
Procedimiento
505/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal07/06/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de MadridProc. 505/2013Auto 19/05/2016

    Edicto D.ª Virginia Montejo Labrada, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 505/2013 referente al concursado Delta Roland, S.L., CIF B81785867 se ha dictado auto de fecha diecinueve de mayo de dos mil dieciséis en el que se ha acordado lo siguiente: La conclusión y archivo del concurso de Delta Roland, S.L., cesando a todos los efectos de la declaración del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176.bis, 2 y 3. Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. El cese en su cargo del Administrador concursal Integra Administradores Concursales, S.L.P., aprobándose las cuentas formuladas. Madrid, 19 de mayo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal10/12/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de MadridProc. 505/2013Auto 25/11/2013

    E d i c t o Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC). Anuncia 1.º- Que en el procedimiento concursal registrado como CNA 505/2013, con el número de identificación general (NIG): 28079100065662013, por Auto de 25 de noviembre de 2013 se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Delta Roland, S.L., con CIF B-81785867, y con domicilio social en calle San Jorge, n.º 2, de Villaviciosa de Odón (28076 - Madrid). 2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC por correo ordinario o en cualquiera de los medios admitidos en derecho, directamente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente: Integra Administradores Concursales, S.L.P., con domicilio en calle Velázquez, n.º 92, 5.º, 28006 - Madrid. Teléfono: 91 310 40 66. Fax: 91 319 32 13. E-mail: [email protected] 4.º- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 5.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 27 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.