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Concurso de acreedores

DEDALO HELIOCOLOR SA

CIF A80183551Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
419/05/201616/12/2022
Procedimiento
0000264/2016
Juzgado
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº4 Y DE LOS MERCANTIL DE GUADALAJARA 4

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal16/12/2022
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº4 Y DE LOS MERCANTIL DE GUADALAJARA 4Proc. 0000264/2016Juez : JUAN JOSE HURTADO YELOAuto 15/11/2022

    AUTO APROBANDO PLAN LIQUIDACION

  2. Otro acto concursal16/12/2022
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº4 Y DE LOS MERCANTIL DE GUADALAJARA 4Proc. 0000264/2016Juez : Jose Maria Fernandez SeijoAuto 15/11/2022

    Conclusión del concurso y reconocimiento BEPI en modalidad de regimen definitivo.

  3. Conclusión del concurso16/12/2022
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº4 Y DE LOS MERCANTIL DE GUADALAJARA 4Proc. 0000264/2016Juez : JUAN JOSE HURTADO YELOAuto 15/11/2022

    AUTO APRUEBA PLAN LIQUIDACION

  4. Declaración de concurso19/05/2016
    ⚖️ GUADALAJARAAuto 06/05/2016

    Don José Alfredo Rodríguez Nuño, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Concurso 0000264/2016 y NIG n.º 19130 42 1 2016 0002330, se ha dictado en fecha 29 de abril de 2.016, Auto Declaración de Concurso Ordinario Voluntario del deudor DEDALO HELIOCOLOR, S.A.U., con DNI n.º A-80183551, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cabanillas del Campo (Guadalajara), C/ Francisco de Medina y Mendoza, PI. Cabanillas del Campo, n.º 1, parcelas 5 y 6. 2.º Se ha acordado que deudor conserva las facultades de Administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas a la intervención de la Administración Concursal, mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como Administración concursal a DENALI ADMINISTRACIÓN CONCURSAL, S.L.P., con domicilio postal en Madrid, Glorieta de Bilbao, n.º 1, 6.º dcha., y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Guadalajara, 6 de mayo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.