Inicio›Justicia›ENTRINNOVA INVEST SOCIEDAD LIMITADA
Concurso de acreedores
ENTRINNOVA INVEST SOCIEDAD LIMITADA
CIF B95530986Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 03/01/2011 → 04/06/2011
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación04/06/2011⚖️ BILBAOAuto 14/04/2011
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia) anuncia: Que en el procedimiento concursal número 815/10, referente al concursado Entrinnova Invest, S.L., Sociedad de Promoción de Empresas, con NIF B-95530986, por auto de fecha 14 de abril de 2011, se ha acordado lo siguiente: Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero.- Se ha declarado disuelta la mercantil Entrinnova Invest, S.L., Sociedad de Promoción de Empresas, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarto.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao (Bizkaia), 14 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal03/01/2011⚖️ BILBAOAuto 15/12/2010
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 815/10, por auto de fecha 15 de diciembre de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Entrinnova Invest, S.L., Sociedad de Promoción de Empresas, con NIF B-95530986, con domicilio en Calle Cervantes, número 1 Bajo - Getxo (Bizkaia) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la circunscripción de esta jurisdicción. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Bilbao (Bizkaia), 15 de diciembre de 2010.- El/la Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.