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Concurso de acreedores
DE PRADA COLOR SOCIEDAD LIMITADA
CIF B95063822Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 07/03/2015 → 21/06/2016
- Procedimiento
- 154/2015
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao anuncia · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao
Cronología del expediente
- Otro acto concursal21/06/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao anunciaProc. 154/2015Auto 06/06/2016
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao anuncia, Que en el procedimiento concursal número 154/2015 en el que figura como concursado/a DE PRADA COLOR, S.L., CIF B95063822, se ha dictado el 6/6/2016 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa. La misma resolución hay decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao (Bizkaia), 6 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal07/03/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BilbaoProc. 154/2015Auto 23/02/2015
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 154/2015, NIG nº 48.04.2-15/004608, por auto de 23/2/2015 se ha declarado en concurso voluntario al deudor DE PRADA COLOR, S.L., con CIF B95063822, con domicilio en calle Esteban Pernet, n.º 8, Lonja 7º izq. - 48004 Bilbao, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que la administración concursal está integrada por Aguileda Arco Atlántico, S.L., quien designa la economista Leire Lekue Epelde, D.N.I. 72399978A, con domicilio a efecto de notificaciones en Bilbao, calle Ledesma, 10 bis, 3º, email: [email protected], que reúne los requisitos establecidos en el artículo 27.1 último inciso de la LC. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 6.º Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao (Bizkaia), 23 de febrero de 2015.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.