InicioJusticiaDE LA CAÑADA 2012 SA

Concurso de acreedores

DE LA CAÑADA 2012 SA

CIF A21040019Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
303/11/201130/04/2024
Procedimiento
414/2011
Juzgado
Primera instancia/Mercantil - 4

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso30/04/2024
    ⚖️ Primera instancia/Mercantil - 4Proc. 414/2011Juez : JOSEFINA OÑA MARTINAuto 25/04/2024

    POR AUTO QUE SE ADJUNTA SE HA ACORDADO LA CONCLUSION DEL CONCURSO DE LA MERCANTIL DE LA CAÑADA 2012 SA

  2. Otro acto concursal04/03/2024
    ⚖️ Primera instancia/Mercantil - 4Proc. 414/2011Juez : JOSEFINA OÑA MARTINAuto 26/02/2024

    POR PROVIDENCIA QUE SE ADJUNTA SE HA ACORDADO PUBLICAR LA RENDICIÓN DE CUENTAS

  3. Otro acto concursal03/11/2011
    ⚖️ HUELVAProc. 414/2011Auto 18/10/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Huelva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 414/2011, por auto de siete de octubre de dos mil once se ha declarado en concurso voluntario al deudor De La Cañada 2012, S.A., cif A 21040019, con domicilio en Bollullos del Condado, Huelva, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bollullos del Condado, Huelva. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero somrtidad éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Huelva, 18 de octubre de 2011.- El/La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.