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Concurso de acreedores

DAZS CENTRO INMOBILIARIO SL

CIF B91089979Ver la ficha de la empresa

Pasivo 6.246.793 €Activo 911.513 €
Publicaciones
308/11/201217/11/2023
Procedimiento
655/2011
Juzgado
Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla Sección 2ª - 2

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso17/11/2023
    ⚖️ Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla Sección 2ª - 2Proc. 655/2011Juez : PEDRO MARQUEZ RUBIOAuto 06/11/2023

    AUTO CONCLUSION

  2. Otro acto concursal10/10/2023
    ⚖️ Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla Sección 2ª - 2Proc. 655/2011Juez : PEDRO MARQUEZ RUBIOAuto 05/10/2023

    TRASLADO SOLICITUD CONCLUSION

  3. Otro acto concursal08/11/2012
    ⚖️ SEVILLAProc. 655/2011Auto 18/10/2012

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 655/2011, con NIG 4109142M20110001751, por auto de fecha 18 de octubre de 2012, se ha declarado en concurso al deudor Dazs Centro inmobiliario, S.L., con CIF B-91089979 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en c/ Muñoz León, 7, 1.º C 41009 Sevilla. 2.º Las facultades de la administración concursal son las de administración y disposición del patrimonio del deudor, en sustitución del deudor que ha sido privado de dichas facultades. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don Jesús Hernández Rey, Letrado, DNI n.º 31.845.119-D, con domicilio postal en c/ Benito Mas y Prat, 5- puerta 1.ª, oficina 6- 41005 Sevilla, teléfono 954570509, fax 954570509 y correo electrónico: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 29 de octubre de 2012.- Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.