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Concurso de acreedores
David Alarcón Balague, co
CIF N43723390Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 07/05/2021 → 07/05/2021
- Procedimiento
- 136/2021
- Administración concursal
- JAUME LIÑAN CARRERA
Cronología del expediente
- Declaración de concurso07/05/2021⚖️ LLEIDAProc. 136/2021Auto 23/04/2021
Don Antoni Josep Casas Capdevila, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Lleida (Mercantil), al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 136/2021 Sección: e NIG: 2512047120218004592 Fecha del auto de declaración. 12/04/2021. Clase de concurso. consecutivo. Entidad concursada. David Alarcón Balague, con 43723390E. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: JAUME LIÑAN CARRERA. Dirección postal: Avenida Gaspar Portolà 1, 25600 - Balaguer Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. suspendidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes, a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Edificio Canyeret, 3-5, planta 3, Lleida. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Lleida, 23 de abril de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Antoni Josep Casas Capdevila.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.