InicioJusticiaDAURA EMPORDA SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

Concurso de acreedores

DAURA EMPORDA SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

CIF B55239388Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
117/06/201917/06/2019
Procedimiento
175/2019
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Girona
Administración concursal
AIC BELLVEHI AC, S.L.P.

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso17/06/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de GironaProc. 175/2019Auto 19/04/2019

    EDICTO Alicia de la Torre Duñaiturria, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Girona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 175/2019. Fecha del auto de declaración. 19 de abril de 2019. Clase de concurso. voluntario abreviado. Entidad concursada. DAURA EMPORDA, S.L., con CIF: B55239388. Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal: AIC BELLVEHI AC, S.L.P., quien designa a JORDI BELLVEHI MUÑOZ. Dirección postal: Avinguda Jaume I, nº 18, 3° CP 17001 Girona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. suspendidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Ramon Folch, 4-6- Girona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial. Girona, 24 de abril de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Alicia de la Torre Duñaiturria.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.