Inicio›Justicia›Daniel Martí Guerrero, co
Concurso de acreedores
Daniel Martí Guerrero, co
CIF N38826163Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 26/03/2018 → 17/04/2018
- Procedimiento
- 24/2018
Cronología del expediente
- Declaración de concurso17/04/2018⚖️ BARCELONAProc. 24/2018Auto 08/02/2018
Doña María José Hompanera González, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 10 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 24/2018 Sección: B Número de Identificación General: 0801947120188000197 Fecha del auto de declaración. 8 de febrero de 2018. Clase de concurso. consecutivo Entidad concursada. Daniel Martí Guerrero, con 38826163R, con domicilio en Pasaje Jaume I del Conqueridor 6, 08310 - Argentona. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: Jaume Llop Barcons, de profesión economista. Dirección postal: Calle Maestrat 69, 8192 - Sant Quirze del Valles Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. suspendidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edificio C) - Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (artículo 184.3 Ley Concursal). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. La administración presentara un plan de liquidación en el plazo de diez días del que se dará traslado a los acreedores y al propio deudor para alegaciones y podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho solicitado por el deudor en su escrito de demanda. En el mismo plazo los acreedores podrán manifestarse, en su caso, sobre la concurrencia para la apertura de la Sección Sexta. Barcelona, 12 de abril de 2018.- EI Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso26/03/2018⚖️ BARCELONAProc. 24/2018Auto 08/02/2018
Maria José Hompanera González, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número diez de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso Consecutivo 24/2018 Sección: B. Número Identificación General: 0801947120188000197. Fecha del auto de declaración. 8 de febrero de 2018. Clase de concurso. Consecutivo. Entidad concursada. Daniel Martí Guerrero, con 38826163R, con domicilio en Pasaje Jaume I del Conqueridor 6, 08310 - Argentona. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: Jaume Llop Barcons, de profesión economista. Dirección postal: Calle maestrat 69, 8192 - Sant Quirze del Valles Dirección electrónica: [email protected]. Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (Ley Concursal), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (artículo. 184.3 Ley Concursal). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. La administración presentará un plan de liquidación en el plazo de diez días del que se dará traslado a los acreedores y al propio deudor para alegaciones y podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho solicitado por el deudor en su escrito de demanda. En el mismo plazo los acreedores podrán manifestarse, en su caso, sobre la concurrencia para la apertura de la Sección Sexta. Barceona, 19 de febrero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.