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Concurso de acreedores

DAE PATRIMONIO SL

CIF B80371925Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
214/07/201822/11/2024
Procedimiento
627/2018
Juzgado
Mercantil - 10 · Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal22/11/2024
    ⚖️ Mercantil - 10Proc. 627/2018Juez : OLGA MARTIN ALONSOAuto 21/11/2024

    TEXTOS DEFINITIVOS

  2. Otro acto concursal14/07/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de MadridProc. 627/2018Auto 10/07/2018

    Edicto. D.ª Yolanda Peña Jiménez, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid, Hace saber: 1. Que en el concurso número de autos 627/2018, con Número de Identificación General (NIG) del procedimiento 28.079.00.2-2018/0076505, por auto de 10 de julio de 2018, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento ordinario/abreviado, a DAE PATRIMONIO, S.L., con CIF B-80371925 y domiciliada en c/ Rufino González, n.º 8, de Madrid. 2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4. La identidad de la Administración concursal es el abogado D. Salvador Cruzado Castillo, con domicilio postal en c/ Carolinas, n.º 21, 28039 Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.registradores.org. Madrid, 10 de julio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.