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Concurso de acreedores
DADA SOLUCIONES CONSTRUCTIVAS SL
CIF B85002434Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 02/11/2010 → 29/07/2013
- Procedimiento
- 1353/2009
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso29/07/2013⚖️ MADRIDAuto 12/07/2013
Edicto. D.ª M.C. Sanz, Secretaria accidental del Juzgado Mercantil 6 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 1353 /2009, por auto de 12 de julio de 2013, se ha acordado la conclusión del concurso voluntario de la entidad Dada Soluciones Constructivas, S.L. con CIF B-85002434 así como el cese del administrador concursal don Juan Sánchez Corzo. 2.º Asimismo, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la administración concursal y se ha declarado la extinción de la entidad. Madrid, 12 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal19/05/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 1353/2009Auto 03/05/2011
Edicto D.ª María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C.) Anuncia 1. Que en el procedimiento concursal número 1353/2009 referente al deudor Dada Soluciones Constructivas, S.L, C.I.F. B-85002434, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (L.C.), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Las impugnaciones se tendrán que realizar por medio de Abogado y Procurador de los tribunales. Madrid, 3 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal02/11/2010⚖️ MADRIDProc. 1353/2009Auto 08/07/2010
Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaría del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el Procedimiento número 1353/2009, por auto de 8 de Julio de 2010, se ha declarado en concurso voluntario abreviado a la entidad mercantil Dada y Soluciones Constructivas, Sociedad Limitada, (CIFB-85002434), con domicilio en calle Mangada, número 5, del Polígono Industral San Millán en Moraleja de Enmedio, CP 28950 de Madrid. Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. Cuarto.-El plazo para esta comunicación es de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal, en su caso. Quinto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sexto.-La publicación será con carácter gratuito. Madrid, 8 de julio de 2010.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.