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Concurso de acreedores

CYBRIAL SL

CIF B85724763Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
204/08/201622/03/2017
Procedimiento
24/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso22/03/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridAuto 23/02/2017

    Edicto D. Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 24/16 por auto de fecha 17.2.17 se ha acordado la conclusión del concurso del deudor CYBRIAL, S.L. con CIF B85724763. 2.º Se ha acordado la extinción de la entidad con cancelación de los asientos referentes a la sociedad extinguida, y cierre de su hoja registral en los Registros públicos correspondientes. 3.º Se ha acordado el cese de su cargo del Administrador Concursal. Madrid, 23 de febrero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal04/08/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridProc. 24/2016Auto 12/07/2016

    Edicto Doña Verónica Calvo Moreno, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 24/2016, por auto de 6.7.16 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor CYBRIAL, S.L., con domicilio en c/ Del Pintor Antonio Saura, 3, 28050 Madrid, con CIF B-85724763. 2.º Que el deudor tiene suspendidas las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, y sustituidas estas por parte de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, Juan Moreno Troyano, C/ Castelló, 66, 5.º drcha., 28001 Madrid, teléfono 914350273, fax 914358452 y como correo electrónico [email protected] a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 12 de julio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.