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Concurso de acreedores
CUMI 2000 SOCIEDAD LIMITADA
CIF B35643584Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 29/03/2011 → 29/03/2011
- Procedimiento
- 81/2009
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil N.º 1 DE Las Palmas de Gran Canaria
Cronología del expediente
- Declaración de concurso29/03/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 DE Las Palmas de Gran CanariaProc. 81/2009Auto 09/03/2011
Edicto Dña. María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 DE Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se Hace Saber que en el procedimiento concursal 81/2009, seguido a instancias la Procuradora Doña. Anabel Santana Grimm, en nombre y representación de D./Dña. Cumi 2000 S.L., se ha dictado Auto el día catorce de mayo de dos mil diez, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Cumi 2000, S.L. con Cif B-35643584, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Voluntario. Se designan como Administradores del concurso a: D/ña. Nicolás Laiz Herreras. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de Un Mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.). D. Jesús Alemany Eguidazu, Magistrado-Juez. Dña. María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial. - Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 9 de marzo de 2011.- Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.