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Concurso de acreedores

CUERPLANT SL

CIF B03193448Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
211/12/201817/01/2022
Procedimiento
628/2018
Juzgado
MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal17/01/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 628/2018Juez : JOSE LUIS FORTEA GORBEAuto 11/11/2021

    Presentado escrito rendición de cuentas por la Admon. Concursal,conforme al art.478 del TRLC, acuerdo poner de manifiesto dicho informe por plazo de quince días para oposicion

  2. Declaración de concurso11/12/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 3 de AlicanteProc. 628/2018Auto 03/12/2018

    Edicto Don Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente Hago saber: Que por auto de fecha veintiseis de noviembre pasado en el procedimiento con número de autos 628/2018 y N.I.G. 03065-66-1-2018-0000611, se ha declarado en Concurso Abreviado Voluntario al concursado CUERPLANT, S.L., con domicilio social en Elche, Partida de Matola, s/n (CP 03296) y CIF nº B-03193448, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 1432, Libro 0, Hoja A-13081, Folio 193, representada por el procurador don Ginés Juan Vicedo. Facultades del concursado: Suspendidas. Administrador Concursal: Que ha sido nombrada Doña María del Mar Menargues Pérez, colegiada del Ilustre Colegio Abogados de Elche con domicilio postal para notificaciones: en Elche, calle Juan Espuche, nº 3 (C.P.03202); dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: [email protected]; y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal: Calle Juan Espuche, nº 3 de Elche (Alicante) (CP. 03202). Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación del presente «BOE». Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el concursado, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil. Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC. Alicante, 3 de diciembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge Cuellar Oton.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.