Concurso de acreedores
CRUMAR SA
CIF A04111308Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 14/04/2014 → 20/12/2018
- Procedimiento
- 485/2013 · 05/2013
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso20/12/2018⚖️ ALMERÍAProc. 485/2013Auto 13/12/2018
El Juzgado de lo mercantil de Almería A N U N C I A: 1º.- Que en el procedimiento número 485/2013, instado por Crumar, S.A., con CIF a-04111308 y domicilio en polígono indrustrial las cruces, s/n, cp 04869 fines (almeria) se ha dictado auto de conclusión de concurso de fecha 13 de diciembre de 2018 en cuya parte dispositiva se dispone: -La conclusión del presente procedimiento concursal del deudor crumar sa por insuficiencia de masa activa. -Se declara aprobada la rendición de cuentas final de la administración concursal. -Se declara la extinción de la mercantil Crumar, S.A. En su virtud, procédase al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Publíquese la presente resolución en el tablón electrónico de edictos de la sede judicial electrónica, en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal. Almería, 13 de diciembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, M.ª Ángeles Bossini Ruiz.
- Apertura de liquidación01/11/2014⚖️ ALMERÍAProc. 05/2013Auto 27/05/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Almería, Anuncia Que en el procedimiento concursal Apertura Sección 485.05/2013 referente al concursado CRUMAR, S.A., con CIF A-04111308 y domicilio en Polígono Industrial Las Cruces, s/n.º, C.P. 04869, Fines (Almería), por auto de fecha 22/09/2014 se ha acordado lo siguiente: 1.-Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 27 de mayo de 2014, por no haberse presentado ninguna propuesta. 2.-Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de Acreedores para el día 10 de octubre de 2014. 3.-Abrir la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC. 4.-Acordar la suspensión de las facultades administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Almería, 22 de septiembre de 2014.- Secretario judicial.
- Convenio de acreedores09/07/2014⚖️ ALMERÍAProc. 485/2013Auto 10/10/2014
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil de Almería anuncia: 1.- Que el procedimiento concursal número 485/2013, referente al concursado Crumar, S.A., con C.I.F. A04111308 y domicilio en polígono industrial Las Cruces, s/n, C.P. 04869, Fines (Almería), se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 10 de octubre de 2014, a las 10:00 horas, en Sala de Vistas de este Juzgado. 2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio. Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC. 3.- Tiene derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC. Almería, 27 de mayo de 2014.- El/la Secretario Judicial.
- Otro acto concursal14/04/2014⚖️ ALMERÍAProc. 485/2013Auto 09/01/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Almería anuncia: 1.- Que el procedimiento concursal número 485/2013 referente al deudor CRUMAR, S.A., con C.I.F. A-04111308, y domicilio en polígono Industrial las Cruces, s/n, C.P. 04869, Fines (Almería), se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título VI de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computados desde la última de las publicaciones en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Almería, 9 de enero de 2014.- El/la secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.