Concurso de acreedores
CROMOSOMA SA
CIF A58774498Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 14/01/2013 → 17/05/2023
- Procedimiento
- 853/2012
- Juzgado
- MERCANTIL - 7 · Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso17/05/2023⚖️ MERCANTIL - 7Proc. 853/2012Juez : RAUL NICOLAS GARCIA OREJUDOAuto 15/05/2023
EDICTO Rafael Huerta Garcia , el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 07 de Barcelona hago saber que: En el Concurso ordinario 853/2012 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de CROMOSOMA,
- Otro acto concursal14/01/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de BarcelonaAuto 19/12/2012
Don Ignacio Asensio-Wandosell García-Cabañas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y provincia. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el concurso 853/12 en el que se ha dictado con fecha 7/12/12 Auto declarando en estado de concurso voluntario y ordinario a la empresa Cromosoma, S.A., con CIF A58774498 y domicilio en C. Perú, 174-176, Barcelona, con sus facultades intervenidas. Se ha nombrado Administrador Concursal a don Antonio Batlle Moreno, Economista quién en fecha 18/12/12 ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal la de Avda. Diagonal, 416, pral., 08037 Barcelona y dirección electrónica [email protected]. Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de la publicación del presente edicto en el BOE, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal o electrónica antes señalada. Forma de personación: el derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. Barcelona, 19 de diciembre de 2012.- El secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.