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Concurso de acreedores
CREARIS SL EN LIQUIDACION
CIF B84260140Ver la ficha de la empresa →
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- 1 — 05/03/2013 → 05/03/2013
Cronología del expediente
- Otro acto concursal05/03/2013⚖️ MADRIDAuto 19/02/2013
Doña M.C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario abreviado 675/12, en el que recayó auto de fecha 19 de febrero de 2013, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario abreviado al deudor Crearis, S.L. con CIF B-84260140; se declara abierta la fase común del concurso." "Se nombra a don José Manuel Rodríguez Gutiérrez, Economista miembro de la administración concursal. Se acuerda el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor; además de las facultades legalmente previstas, deberá prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor realice éste, en los términos del artículo 40 de la Ley Concursal." "Llámense a los acreedores del concursado Crearis, S.L. para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la ley, redacción actual, la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la publicación de la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá a la administración concursal pudiendo hacerse personalmente, por envío a la dirección c/ Vicente Téllez, 59 - 28250 Torrelodones (Madrid) o por correo electrónico a la dirección [email protected], no siendo válida la dirigida al Juzgado." Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 22 de febrero de 2013.- Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.