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Concurso de acreedores

CRC SAGRAT COR SL

CIF B63376230Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
125/10/201225/10/2012
Procedimiento
701/2012
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de los de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal25/10/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de los de BarcelonaProc. 701/2012Auto 21/09/2012

    Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de los de Barcelona y Provincia. Hago Saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 701/2012 en el que se ha dictado con fecha 21 de septiembre de 2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad CRC Sagrat Cor, S.L. con CIF B63376230 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: Nig del procedimiento: 08019-47-1-2012-8004825. Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: CRC Sagrat Cor, S.L. con domicilio en calle Viladomat; 282-288 de Barcelona. Administrador concursal: "De Gispert Gestión Concursal, SLP" con domicilio en calle Muntaner, 292 pral, 2.ª de Barcelona con correo electrónico "[email protected]". Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de la publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 21 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial
 Fdo.: José Maria Valls Soriano.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.