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Concurso de acreedores
COSTURAS OMEGA SL
CIF B46469656Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 17/07/2009 → 23/01/2016
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso23/01/2016⚖️ VALENCIAAuto 15/11/2012
Edicto D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado 796/ 2009 Voluntario, de la deudora concursada Costuras Omega, S.L., con CIF nº B-46-469656, con domicilio en la Avenida Espioca, Nacional 340, Km. 234, 7, Silla (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 15 de noviembre de 2012 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. En Valencia, 15 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.
- Apertura de liquidación20/03/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 2 de ValenciaAuto 24/02/2010
Edicto. Don Jorge Victor Iglesias de Baya Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Proc. Concursal Abreviado 000796/2009 Voluntario, de la deudora concursada Costuras Omega, S.L., con CIF n.º B-46-469656, con domicilio en la Avenida Espioca, Nacional 340, Km. 234,7 Silla (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha veinticuatro de febrero de dos mil diez por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Titulo III de la Ley Concusal, la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al art. 144 de la Ley Concusal, y disponiendo de un plazo de diez días desde la publicación ordenada en el BOE para que cualquier acreedor o persona con interés legitimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Secc. 6.ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el art. 168 de la Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 24 de febrero de 2010.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso17/07/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaAuto 07/07/2009
Edicto Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Proc. Concursal Abreviado Voluntario n.º 000796/2009, habiéndose dictado en fecha siete de julio de dos mil nueve por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de "Costuras Omega, S.L." con domicilio en Avenida Espioca, Nacional 340, Km 234,7, Silla (Valencia) y CIF n.º B-46-469656, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 4260, libro 1572, folio 57, secc. 8.ª, hoja número V-21.156, inscripción 7.ª Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador. Valencia, 7 de julio de 2009.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.