Concurso de acreedores
COSANTO SL
CIF B45016201Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 07/10/2014 → 07/01/2021
- Procedimiento
- 373/2014
- Juzgado
- JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO · PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal07/01/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 373/2014Juez : ANA GONZALEZ CARRILAuto 04/11/2020
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal07/01/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 373/2014Juez : ANA GONZALEZ CARRILAuto 04/11/2020
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso07/01/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 373/2014Juez : ANA GONZALEZ CARRILAuto 04/11/2020
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso30/11/2020⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 1Proc. 373/2014Juez : EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA FERNANDEZ DIAZ LUISAuto 04/11/2020
Edicto anunciando que se ha dictado auto de conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa.
- Declaración de concurso07/10/2014⚖️ TOLEDOProc. 373/2014Auto 02/10/2014
Doña María Jesús Gracia Guerrero, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º C.N.A. 373/2014 y NIG n.º 45168 41 1 2014 0018038, se ha dictado en fecha 02/10/2014 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Cosanto, S.L., con CIF n.º B45016201, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Numancia de la Sagra (Toledo), avenida de los Transportistas, n.º 15, Polígono Industrial Azaña. 2.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal al Letrado don Ángel J. Cervantes Martín, con domicilio postal en calle Salto del Caballo, n.º 3, 1.ª planta, Oficina 1, 45003, de Toledo y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Haciendo constar que las comunicaciones de créditos remitidas a este Juzgado no serán válidas. Toledo, 2 de octubre de 2014.- Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.