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Concurso de acreedores

CORPORACION MULTIMEDIA SA

CIF A79890224Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
205/01/201101/04/2014
Procedimiento
511/2010
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso01/04/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MadridAuto 21/03/2014

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: Que en el procedimiento n.º 511/10 por auto de fecha 19/03/14 se ha declarado la conclusión del concurso de la entidad CORPORACIÓN MULTIMEDIA, S.A., con n.º CIF. A-79890224 y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Se declara el cese de las limitaciones de la facultades de administración y disposición de la concursada así como de la Administración concursal, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes y derechos. Se acuerda la extinción de la mercantil concursada y se dispone el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Madrid. Se aprueba la rendición de cuenta presentada por la Administración concursal en su informe de fecha 19/11/13. Contra dicha resolución no cabe recurso alguno. Madrid, 21 de marzo de 2014.- Secretario judicial.

  2. Otro acto concursal05/01/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridProc. 511/2010Auto 16/12/2010

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso n.º 511/2010 por auto de fecha 16 de diciembre de 2010 se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor CORPORACION MULTIMEDIA, S.A., con C.I.F. n.º A-79890224, con domicilio en Madrid, calle Marqués de Valdeiglesias, n.º 3. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4.º El Administrador Concursal es D. Emilio Movilla Gil, con domicilio en Madrid, calle Núñez de Balboa, n.º 30, 5.º D, y con número de teléfono 91-435-00-93. El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar desde la presente publicación. Madrid, 21 de diciembre de 2010.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.