Concurso de acreedores
CORPIMO SA
CIF A08870107Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 08/07/2013 → 14/07/2018
- Procedimiento
- 360/2013
Cronología del expediente
- Otro acto concursal14/07/2018⚖️ BARCELONAProc. 360/2013Auto 29/06/2018
Edicto Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Barcelona, por el presente, Hago saber: Que en el Concurso voluntario 360/2013-G de la entidad mercantil CORPIMO, S.A., con CIF A08870107, se ha dictado auto firme de fecha 29 de junio de 2018, en el cual se acuerda la conclusión del presente concurso por insuficiencia de bienes de la concursada, acordándose asimismo la extinción y cancelación de la inscripción registral de la concursada CORPIMO, S.A., así como la inscripción de conclusión de concurso y la extinción de la sociedad en el Registro público correspondiente y la publicación de dicha resolución en el "BOE". Igualmente en dicho auto se acuerda el cese de la Administración concursal desde la firmeza del mismo, aprobando la rendición de cuentas formulada por la administración Concursal. Barcelona, 2 de julio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal08/07/2013⚖️ BARCELONAProc. 360/2013Auto 13/06/2013
Edicto Doña José Maria Valls Soriano, Secretario en sustitución del Juzgado Mercantil 1 Barcelona, hace saber: Que en los autos con NIG 08019 - 47 - 1 - 2013 - 8002665 y n.° 360/2013 - G, se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 13 de junio de 2013 de Corpimo, S.A., con CIF A-08870107, y domicilio sito en c/ Emili Roca n.° 51, bajos, Barcelona; en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El administrador concursal es doña Yvonne Pavia Lalauze, con domicilio en Avda. Diagonal n.° 429, 5.ª planta, Barcelona, y correo electrónico [email protected] Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Avda. Diagonal n.° 429, 5.ª planta, Barcelona, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentas relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. En Barcelona a, 17 de junio de 2013.- El Secretario en sustitución.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.