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Concurso de acreedores

COPROMYR ARQUITECTURA INTEGRAL SL EN LIQUIDACION

CIF B74208034Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
513/08/201102/10/2023
Procedimiento
163/2011
Juzgado
Mercantil de Oviedo - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso02/10/2023
    ⚖️ Mercantil de Oviedo - 1Proc. 163/2011Juez : CARMEN Márquez JiménezAuto 31/07/2023

    se ha dictado Auto de Conclusión del concurso, que es firme, al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

  2. Otro acto concursal24/11/2012
    ⚖️ OVIEDOProc. 163/2011Auto 05/07/2012

    Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo, hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 163/2011 (NIG 33044 47 1 2011 0000224) relativo a Copromyr Arquitectura Integral, S.L., con CIF B-74208034, en el cual, con fecha 5 de julio de 2012, se dictó auto aprobando el plan de liquidación presentado el 11 de mayo de 2012 por la Administración Concursal y acordando, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 167.1 de la Ley Concursal, formar la sección sexta En el referido auto se acuerda igualmente que desde la última publicación de dicha resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en la sección sexta y en este sentido, se acuerda que la publicación del auto tenga lugar en el Tablón de Anuncios del Juzgado y en el BOE. Oviedo, 14 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

  3. Apertura de liquidación26/03/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de OviedoAuto 07/03/2012

    Edicto María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, anuncia: Que en el concurso 163/11, referente al concursado Copromyr Arquitectura Integral, S.L. con CIF: B 74208034 por auto de fecha 07/03/12 se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso de acuerdo con lo dispuesto en el art. 143.1.1.º 2. Suspender, consecuencia de la apertura de la fase de liquidación habida, la Junta de Acreedores señalada para el próximo día 13/04/12. 3. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 4. Se ha declarado disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Oviedo, 7 de marzo de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

  4. Convenio de acreedores14/02/2012
    ⚖️ OVIEDOAuto 26/01/2012

    Edicto. Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial de Oviedo, anuncia: 1º. Que en el procedimiento concursal número sección I declaración concurso 0000163/2011 referente al concursado Copromyr Arquitectura Integral, S.L. con CIF: B-74208034, se ha convocado junta de acreedores que se celebrará el día 13/04/12 a las 12:00 horas en la sala de vistas de este juzgado. 2º. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio. Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC. 3º. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC. Oviedo, 26 de enero de 2012.- El/la Secretario Judicial.

  5. Declaración de concurso13/08/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.1 de OviedoProc. 163/2011Auto 27/07/2011

    Edicto. Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.1 de Oviedo, Por el presente, hago saber: 1º.- Que en los Autos seguidos en este Juzgado con el n.º 163/2011, Sección I, se ha dictado en fecha 27 de julio de 2011 Auto de declaración de Concurso Voluntario Abreviado, del deudor Copromyr Arquitectura Integral, S.L., provisto de CIF n.º B 74208034, cuyo centro de intereses principales lo tiene en el polígono de "Asipo", calle B, parcela 45, Llanera. 2º.- El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la Administración Concursal, mediante su autorización o conformidad. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días hábiles a partir de la fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", sin perjuicio de que se haya ordenado también su publicación en el diario La Nueva España, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art 184.3 Ley Concursal), a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. Oviedo, 27 de julio de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.