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Concurso de acreedores

Cooperativa

CIF F73861627Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
309/05/201922/03/2021
Procedimiento
127/2019 · 127/2018
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Murcia · MERCANTIL - 1

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal22/03/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm.1 de MurciaProc. 127/2019Auto 03/03/2021

    Edicto. Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administraciónde Justicia, del Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Murcia, anuncia: 1º.- En este órgano judicial se tramita Sección V de Liquidación del concurso voluntario 127/2019 de Moviliti, Sociedad Cooperativa, con CIF F-73861627, en el que se ha dictado el día 3 de marzo de 2021 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2º.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 485 del Texto Refundido de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 552, 553 y 554 y 482.3 del Texto Refundido de la Ley Concursal, se expide el presente. Doy fe. Murcia, 16 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

  2. Declaración de concurso14/05/2019
    ⚖️ MURCIAProc. 127/2018Auto 07/05/2019

    Edicto D./Dª. Ana María Lacalle Espallardo, Secretario/a Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, Por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 127/2018 y NIG n.º 30030 47 1 2019 0000252 se ha dictado en fecha 7 de mayo de 2019 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO voluntario abreviado del deudor MOVILITI SOCIEDAD COOPERATIVA, con CIF F73861627, cuyo domicilio social lo tiene en Centro integrado del Transporte, Avenida de Alhama, Nave 6.1.1, Puerta Izquierda, CP 30835 Sangonera la Seca (Murcia). 2º.- Se ha acordado que las facultades de Administración y disposición del deudor quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a la sociedad MC & CANO ABOGADOS Y CONSULTORES, S.L.P., con CIF B73735268, domicilio profesional en J.A. Hernández del Águila, n.º 16, entlo. C-D, - 30002 – Murcia, Teléfono 968 355024 y Fax 968, y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado». 4º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5º.- La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose aperturado dicha fase de conformidad con lo establecido en el art. 142 de la Ley Concursal. 6º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Murcia, 9 de mayo de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

  3. Declaración de concurso09/05/2019
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 127/2019Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 07/05/2019

    Declara en concurso

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.