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Concurso de acreedores

CONTROL DIAGNOSTICO INDUSTRIAL SL

CIF B53168811Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
522/02/201422/02/2024
Procedimiento
861/2013
Juzgado
Mercantil - 2 · Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso22/02/2024
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 861/2013Juez : JUAN IGNACIO MARTINEZ AROCAAuto 20/02/2024

    AUTO CONCLUSION CONCURSO

  2. Declaración de concurso09/07/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de AlicanteAuto 15/06/2016

    Edicto Dña. Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado - 000861/2013 - R sobre declaración de concurso de la mercantil CONTROL DIAGNOSTICO INDUSTRIAL, S.L., con domicilio en Calle Cisne, 57 bajo, Alicante, y C.I.F. número B53168811, se ha dictado auto de fecha 15 de junio de 2.016, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: 1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa. 2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación. 3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución. 4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal. 5.- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo. 6.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24. MODO DE IMPUGNACIÓN: no cabe recurso alguno. Se expide el presente en Alicante, 15 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  3. Declaración de concurso14/06/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteAuto 03/06/2014

    Edicto Doña Pilar Solanot Garcia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, Por el presente hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado - 000861/2013 - R sobre declaración de concurso de la mercantil Control Diagnostico Industrial, S.L., con domicilio en la C/ Cisne, n.º 57, bajo (03006 Alicante) y CIF número B53168811, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al tomo 1.984, libro 0, folio 132, sección 8.ª, hoja A-41.268, en cuyo seno se ha dictado, con fecha 29-05-2.014, Auto que contiene, entre otros, los siguientes pronuniciamientos: "Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC. Dentro de los diez dias siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la Sección Sexta, alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC." Y para que sirva de publicación en el BOE expido el presente. Alicante, 3 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

  4. Declaración de concurso08/05/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteAuto 25/04/2014

    Edicto Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado - 000861/2013 - R sobre declaración de concurso de la mercantil Control Diagnostico Industrial, S.L., con domicilio en la C/ Cisne, n.º 57, bajo (03006-Alicante) y CIF número B53168811, se ha presentado por la Administración Concursal el informe preceptuado en el art. 74 LC, y se ha dictado Providencia de fecha 25 de abril de 2014, que contiene, entre otros, los siguiente pronunciamiento: Frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (arts. 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de diez días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación del edicto Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente. Alicante, 25 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

  5. Otro acto concursal22/02/2014
    ⚖️ ALICANTEProc. 861/2013Auto 10/02/2014

    Edicto. Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado 861/2013 - R en los que se ha dictado el 10 de Febrero de 2.014, auto declarando en estado de concurso voluntario a Control Diagnóstico Industrial, S.L., con domicilio en la calle Cisne, n.º 57, bajo (03006-Alicante) y C.I.F. número B-53.168.811, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo 1.984, Libro 0,Folio 132, sección 8ª,Hoja A-41.268. Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el BOE. Identidad de la Admon. Concursal: Don Francisco Manuel Noguera Martínez, con DNI n.º 33.497.411-G, con domicilio en la calle Jazmín, n.º 4, bajo 03320 Torrellano-Elche (Alicante), teléfono y fax 965682386, fax (2) 966237325, correo electrónico [email protected]. Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 10 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.