Inicio›Justicia›CONTROL DE RIESGO MEDIOAMBIENTAL SL
Concurso de acreedores
CONTROL DE RIESGO MEDIOAMBIENTAL SL
CIF B83268003Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 29/09/2012 → 29/09/2012
- Procedimiento
- 385/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal29/09/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de MadridProc. 385/2012Auto 19/09/2012
Edicto. Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C). Anuncia: 1.º Que en el procedimiento concursal registrado como CNO 385/2012 con el número de identificación general (NIG): 28079100047392012, por Auto de 19 de septiembre de 2012, se ha declarado en concurso voluntarioa la mercantil Control de Riesgo Medioambiental S.L., con CIF B83268003, y con domicilio social en la c/ Calatrava, n.º 27, 28005, Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC, por correo ordinario o en cualquiera de los medios admitidos en derecho, directamente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente: Don José Miguel de Peña Villarroya, con domicilio en la c/Musgo 5, La Florida, 28023, - Madrid. Teléfono: 91 307 68 55. E-mail: [email protected] 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 19 de septiembre de 2012.- La Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.