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Concurso de acreedores

CONTENIDORS GIRONA SL

CIF B17488479Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
109/07/201309/07/2013
Procedimiento
328/2013

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso09/07/2013
    ⚖️ GIRONAProc. 328/2013Auto 14/05/2013

    Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado: Número de asunto: 328/2013. Fecha del auto de declaración: 14 de mayo de 2013. Clase de concurso: Voluntario abreviado Entidad concursada: Contenidors Girona, S.L. CIF de la concursada: B17488479. Domicilio de la concursada: Girona. Administracion concursal: Lugar Abogados & Asociados, S.L.P. -Dirección postal: Avda. Jaume I, n. 37, 8.º 3.ª, de 17001 Girona. -Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades de la concursada: A la concursada mercantil le son intervenidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, y cesados sus administradores quedando sustituidos éstos por la Administración concursal. Llamaniento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el "Boletín Oficial del Estado". Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil número 1 de Girona (Avda. Ramón Folch, núm. 4-6, de 17001 Girona). Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil concursada y el cese de sus administradores, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal. Girona, 20 de junio de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.