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Concurso de acreedores

CONSTRUNOR ESTRUCTURAS SL

CIF B15896368Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
8 — 09/08/2011 → 09/06/2021
Procedimiento
365/2011 · 365/2.011
Juzgado
MERCANTIL - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso09/06/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 365/2011Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 26/03/2021

    auto conclusión insuficiencia masa

  2. Otro acto concursal07/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 365/2.011Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 02/12/2020

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  3. Otro acto concursal07/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 365/2.011Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 02/12/2020

    Cese de Administrador concursal

  4. Otro acto concursal07/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 365/2.011Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 02/12/2020

    Cese de Administrador concursal

  5. Otro acto concursal07/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 365/2.011Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 02/12/2020

    Cese de Administrador concursal

  6. Conclusión del concurso07/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 365/2.011Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 02/12/2020

    Auto de conclusión de concurso

  7. Otro acto concursal28/05/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 365/2011Juez : ENCARNACION MERCEDES TUBIO LARIÑOAuto 02/09/2019

    auto cese administrador Don Alberto Jesús López Rodriguez

  8. Otro acto concursal09/08/2011
    ⚖️ A CORUÑAAuto 30/06/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º. - Que en el procedimiento n.º 365/11-M, por auto de 30 de junio de 2011, se ha declarado en concurso voluntario al deurdor/a Construnor Estructuras, S.L. con CIF núm. B-15896368, con domicilio en Salgueiriños de Abaixo, n.º 4, piso bj y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Santiago de Compostela. 2º.- Que el deudor declarado en concurso conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio, de acuerdo con el estado de liquidación en que se encuentra, quedando sometido el ejercicio de estas facultades a la intervención del administrador concursal, mediante autorización o conformidad. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de 1 mes, a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4º. - Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (Art. 184.3 de la LC). 5º.- Que han sido nombrados Administradores concursales los siguientes: Abogado, D. Carlos Paz Costas. Economista, D. Enrique Feans García. A Coruña, 4 de julio de 2011.- El Secretario.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.