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Concurso de acreedores

CONSTRUCTORA FEL SA

CIF A08304628Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
1 — 07/07/2014 → 07/07/2014
Procedimiento
202/2014

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso07/07/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 202/2014Auto 13/06/2014

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número cinco de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil número cinco de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes número 111, Edificio C, doceava planta. Número de asunto: Concurso voluntario 202/2014 7.ª Tipo de concurso: Voluntario. Entidad instante del concurso y número de identificación fiscal: Constructora Fel, Sociedad Anónima. Número identificación fiscal A-08304628. Fecha del auto de declaración: Quince del cinco dos mil catorce. Administradores concursales: Don Rafael Pujadas Gil, con número identificación fiscal 37635995Z domiciliada en Barcelona, calle Roger de LLúria, 87, primero, primera, como Abogado, con correo electrónico [email protected] y número de teléfono 93.487.02.99. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 13 de junio de 2014.- Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.