Inicio›Justicia›CONSTRUCTORA DE VIVIENDAS SOLER SA
Concurso de acreedores
CONSTRUCTORA DE VIVIENDAS SOLER SA
CIF A46004727Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 14/12/2017 → 08/02/2018
- Procedimiento
- 1082/2017
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Valencia
Cronología del expediente
- Declaración de concurso08/02/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de ValenciaProc. 1082/2017Auto 24/11/2017
Dña. Maria Isabel Boguñá Pacheco, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 1082/2017, habiéndose dictado en fecha 24 de noviembre de 2017, Auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Constructora de Viviendas Soler, S.A., con CIF numero A-46004727, con domicilio en Valencia, Plaza del Ayuntamiento núm. 26-3, habiéndose acordado en la propia resolución la conclusión del concurso, con todos sus efectos legales inherentes, acordándose la cancelación de la inscripción registral. Se expide el presente edicto para general publicidad de la decisión de que se trata, en los términos de los artículos 177 y 23 de la Ley Concursal. Valencia, 9 de enero de 2018.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso14/12/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 1 de ValenciaProc. 1082/2017Auto 24/11/2017
Doña María Isabel Boguñá Pacheco, lal Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Valencia, por el presente Hago aber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 1082/2017 habiéndose dictado en esta fecha auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Constructora De Viviendas S.A., con CIF numero A-46004727, con domicilio en Valencia, Plaza del Ayuntamiento núm. 26-3, habiéndose acordado en la propia resolución la conclusión del concurso, con todos sus efectos legales inherentes, acordándose la cancelación de la inscripción registral. Se expide el presente edicto para general publicidad de la decisión de que se trata, en los términos de los artículos 177 y 23 de la Ley Concursal. Valencia, 24 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.