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Concurso de acreedores
CONSTRUCCIONES Y REFORMAS BICHITO SLL
CIF B82611799Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 20/07/2010 → 06/08/2016
- Procedimiento
- 98/2010
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal06/08/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de MadridProc. 98/2010Auto 18/07/2016
Edicto Doña MARÍA LUISA PARIENTE VELLISCA, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid, En el procedimiento arriba indicado, 98/2010, se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de Construcciones y reformas BICHITO, S.L.L., con CIF n.º B82611799, y con domicilio en Madrid. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 18 de julio de 2016.- Letrado Admón Justicia.
- Otro acto concursal20/07/2010⚖️ MADRIDProc. 98/2010Auto 24/06/2010
Edicto D.ª M.ª Luisa Pariente Vellisca Secretario del juzgado de lo mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento nº 98/2010 por auto de fecha 24 de junio de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Construcciones y Reformas Bichito, S.L.L., con C.I.F.: Nº B82611799 y domicilio sito en calle Abeto, n.º 4, San Martín de Valdeiglesias, Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC). Madrid, 24 de junio de 2010.- Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.