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Concurso de acreedores

CONSTRUCCIONES VICENTE RUBENSA SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

CIF B95109500Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
307/08/200911/12/2010
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia: · Juzgado de lo mercantil nº2 de Bilbao (Bizkaia)

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación11/12/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia:Auto 12/11/2010

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia: Que en el procedimiento concursal número 608/09 referente al concursado Construcciones Vicente Rubensa, S.L., con NIF B95109500, por auto de fecha 12 de noviembre de 2010 se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la mercantil Construcciones Vicente Rubensa, S.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios de Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao (Bizkaia), 12 de noviembre de 2010.- El Secretario Judicial.

  2. Convenio de acreedores11/11/2009
    ⚖️ BILBAOAuto 27/10/2009

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 608/09 referente al deudor Construcciones Vicente Rubensa, S.L., con NIF B95109500, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. 4.-El deudor no ha presentado propuesta de convenio. Bilbao (Bizkaia), 27 de octubre de 2009.- El/la Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal07/08/2009
    ⚖️ Juzgado de lo mercantil nº2 de Bilbao (Bizkaia)Auto 27/07/2009

    Edicto. El Juzgado de lo mercantil nº2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (LC), anuncia: 1.- Que en el procedimiento número 608/09, por auto de 27 de julio de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Construcciones Vicente Rubensa S.L., con NIF B95109500, con domicilio en General Castaños, 13- 1º 48920 Portugalete y cuyo centro de principales intereses lo tiene en General Castaños, 13- 1º 48920 Portugalete. 2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Bilbao (Bizkaia), 27 de julio de 2009.- El/la Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.