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Concurso de acreedores
CONSTRUCCIONES JULIO PAULO SL
CIF B12417622Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 31/10/2011 → 26/11/2018
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón
Cronología del expediente
- Declaración de concurso26/11/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de CastellónAuto 21/09/2018
Don Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, HAGO SABER: PRIMERO; Que por Auto de fecha 21 de septiembre de 2018, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA]. n.º 000576/2011, NIG n.° 12040-66-2-2011-0000703, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor "CONSTRUCCIONES JULIO PAULO, S.L.", domiciliado en Avenida Rey Don Jaime, 62, 7.º, 14, Castellón y CIF/DNI número B12417622. SEGUNDO: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta: PARTE DISPOSITIVA: 1.-Acordar la CONCLUSION del concurso de CONSTRUCCIONES JULIO PAULO, S.L.", seguido bajo el número Concurso Abreviado [CNA], número 000576/2011-III., y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello. 2.-DECLARAR APROBADAS las CUENTAS rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del Administrador concursal. 3.-En particular, ACORDAR la EXTINCIÓN de la entidad CONSTRUCCIONES JULIO PAULO, S.L.", disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes. 4.-El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC). 5.-A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan. 6.-Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso. 7.-Notifíquese el presente auto a la Administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso. Castellón, 24 de septiembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge González Rodríguez.
- Otro acto concursal31/10/2011⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAAuto 26/09/2011
Edicto Don Ramiro Monforte Altaba, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.- Que por auto de fecha de hoy en el procedimiento número 576/11, se ha declarado en concurso voluntario/abreviado al deudor Construcciones Julio Paulo, S.L., con domicilio en Avenida Rey Don Jaime, número 62, 7.º, 14.ª, Castellón y CIF/DNI número B-12.417.622 Segundo.- Que dicho deudor conserva sus facultades de administración y disposición, pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Castellón, 26 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.