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Concurso de acreedores
CONSTRUCCIONES JJ LACARCEL SOCIEDAD LIMITADA
CIF B96409891Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 26/11/2013 → 19/10/2021
- Procedimiento
- 576/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA
Cronología del expediente
- Otro acto concursal19/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 576/2013Juez : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZAuto 10/09/2021
PUBLICIDAD ART. 294.1 LC DEL INFORME Y DEMAS DOCUMENTACION DEL AC
- Conclusión del concurso05/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 576/2013Juez : YOLANDA RIOS LOPEZAuto 10/09/2021
El anterior informe, con el contenido y los documentos del art. 292 de la Ley Concursal, presentado por la administración concursal. Tengo por emitido el informe de la administración concursal dentro del plazo legal establecido.
- Declaración de concurso26/11/2013⚖️ VALENCIAProc. 576/2013Auto 28/10/2013
Doña María Isabel Boguñá Pacheco, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. uno de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado en autos de concurso de acreedores núm. 576/2013, se ha dictado en esta fecha auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de: - Construcciones J.J. Lacárcel, S.L., con CIF número B-96409891, con domicilio en Carcaixent (Valencia), C/ dels Calsiners, núm. 30, bajo. - Los cónyuges D. José Julio Lacárcel Orquín, con NIF número 21.621.247-M, y doña María José Balaguer Martínez, con NIF número 73.940.959-F, con domicilio en Carcaixent (Valencia), C/ Calciners, núm. 61, 7.ª - Los cónyuges D. Juan José Lacárcel Orquín, con NIF número 73.937.605-B, y doña María Teresa del Rosario Pelufo Ferrer, con NIF número 20.769.329-F, con domicilio en Carcaixent (Valencia), C/ Calciners, núm. 18, 7.ª Se ha acordado la intervención de las operaciones del deudor y se ha nombrado administrador concursal a D. Pedro Algarra García, con NIF número 5192616-K, Economista, con domicilio profesional en Valencia, C/ Poeta Querol, núm. 5, y dirección electrónica [email protected]. Se llama los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación de este edicto en el BOE puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85. Valencia, 28 de octubre de 2013.- La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.