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Concurso de acreedores
CONSTRUCCIONES J.C. MENDIOLA,,,SL EN LIQUIDACION
CIF B75057620Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 20/12/2014 → 15/12/2021
- Procedimiento
- 927/2014
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN
Cronología del expediente
- Otro acto concursal15/12/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN Proc. 927/2014Auto 23/09/2021
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal15/12/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN Proc. 927/2014Auto 23/09/2021
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso15/12/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN Proc. 927/2014Auto 23/09/2021
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal20/12/2014⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 927/2014Auto 04/12/2014
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 927/2014-B, por auto de 26/11/2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor CONSTRUCCIONES J.C. MENDIOLA, S.L., con CIF B-75057620, con domicilio en calle Labeaga, n.º 9, 1.º - CP 20700 Urretxu, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Urretxu. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que la administración concursal está integrada por don Pedro B. Martín Molina, dirección postal: Camino de Mundaiz, 8, bajo C, CP 20012 Donostia-San Sebastián; fax 91-559.97.19; e-mail: construccionesjcmendiola@legalyeco nomico.com 4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Donostia-San Sebastián, 4 de diciembre de 2014.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.