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Concurso de acreedores

CONSTRUCCIONES GALCON SL EN LIQUIDACION

CIF B10010031Ver la ficha de la empresa

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115/11/201115/11/2011

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso15/11/2011
    ⚖️ CÁCERESAuto 03/11/2011

    Edicto Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario/a Judicial de Jdo. Primera Inst. e Instrucción n.º1 y de lo Mercantil de Cáceres, por la presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000679/2011, se ha dictado en fecha 3-11-11 Auto de declaración de Concurso Necesatio del deudor Construcciones Galcon, S.L., con CIF nº B-10010031, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Plasencia. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC. Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda incicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC). Cáceres, 3 de noviembre de 2011.- El/la Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.