InicioJusticiaCONSTRUCCIONES EROMAX SL

Concurso de acreedores

CONSTRUCCIONES EROMAX SL

CIF B62529128Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
225/04/201304/08/2017
Procedimiento
689/2007
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 02 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal04/08/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 02 de BarcelonaProc. 689/2007Auto 17/07/2017

    Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 02 de Barcelona, hace saber que: En el Concurso ordinario 689/2007 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Construcciones Eromax, s.l., con NIF B62529128, con domicilio en Carretera Sant Boi 84-87, local 7, Sant Vicenç dels Horts. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art.177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 17 de julio de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Convenio de acreedores25/04/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 689/2007Auto 04/04/2013

    Don José María Valls Soriano, Secretario judicial de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 689/2007 en el que se ha dictado con fecha 16-01-2008 auto declarando en estado de concurso a la entidad Construcciones Eromax, S.L., con CIF B62529128 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: Nig. procedimiento: 08019-42-1-2007-0067953. Tipo de concurso: Ordinario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Construcciones Eromax, S.L., con domicilio en carretera Sant Boi, n.º 84-88, local 7, en Sant Vicens dels Horts (Barcelona). Administrador Concursal: D.D.ª Josep Maymi Colominas, con domicilio C/ Roger de Llúria, 22, Pral., de Barcelona, con correo electrónico [email protected], Jordi Albiols Plans (Abogado), domiciliado en C/ Oviedo, 1, ent. 2, de Sant Boi de Llobregat, con correo electrónico [email protected], y a la entidad Caixa Sabadell, como administrador acreedor. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme el art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores que no lo fueran en la fecha de la sentencia aprobando el convenio incumplido (14-03-2011) deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicacción expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 4 de abril de 2013.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.