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Concurso de acreedores
CONSTRUCCIONES EMYPE SL
CIF B05031604Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 10/12/2014 → 22/03/2016
- Procedimiento
- 469/2014
Cronología del expediente
- Declaración de concurso22/03/2016⚖️ ÁVILAProc. 469/2014Auto 11/12/2015
Edicto Don Luis Marugán Cid, Letrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Ávila, con funciones del Juzgado de lo Mercantil, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramita Sección I Declaracion Concurso 469/2014 instado por la Procuradora doña Teresa Jiménez Herrero, en nombre y representación de CONSTRUCCIONES EMYPE, S.L., en el cual se ha dictado con fecha 11 de diciembre de 2015 Auto declarando la conclusión del concurso voluntario del deudor CONSTRUCCIONES EMYPE, S.L., con CIF B05031604, que dicha resolución es firme y cuya parte dispositiva establece: Acuerdo: 1. Declarar la conclusión del concurso, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. 2. Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución, con devolución de toda la documentación original aportada. 3. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda. Ávila, 14 de marzo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso10/12/2014⚖️ ÁVILAProc. 469/2014Auto 12/11/2014
Don Luis Marugán Cid, Secretario judicial del Juzgado de 1.ª instancia e Instrucción n.º 1 y de lo Mercantil de Ávila, por el presente, hago saber: 1.º Que en Sección I Declaración Concurso 469/2014 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 12-11-14 Auto de declaración de concurso voluntario de CONSTRUCCIONES EMYPE, S.L. EN LIQUIDACIÓN, con CIF n.º B05031604, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la localidad de Candelada (Ávila), Calle Ejército Español 11, 3 A. 2.º Se ha designado, como administración concursal a don ALFREDO SÁNCHEZ GÓMEZ, con domicilio postal en calle Alemania, n.º 4, 3.º C, de Ávila, y dirección electrónica señalada: [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, con todos los efectos previstos en el artículo 145 y siguientes de la LC, incluida la apertura de la sección quinta. 5.º Se declara disuelta la mercantil CONSTRUCCIONES EMYPE, S.L. EN LIQUIDACIÓN, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 6.º Dentro de los quince días siguientes a la notificación de la presente resolución, la Administración Concursal deberá presentar un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. Ávila, 12 de noviembre de 2014.- El Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.