InicioJusticiaCONSTRUCCIONES DAJUM 2007 SL

Concurso de acreedores

CONSTRUCCIONES DAJUM 2007 SL

CIF B57454134Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
324/07/200914/04/2026
Procedimiento
214/2009
Juzgado
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE PALMA N.º 1

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso14/04/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE PALMA N.º 1Proc. 214/2009Juez : ROCIO MARIA TOMAS MARINAuto 13/04/2026

    Se declara la CONCLUSIÓN del procedimiento concursal de la entidad mercantil CONSTRUCCIONES DAJUM 2007 SL

  2. Otro acto concursal20/03/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE PALMA N.º 1Proc. 214/2009Juez : SONIA MONTES RUIZAuto 20/03/2026

    Se pone de manifiesto en la Oficina Judicial informe de rendición final de cuentas y conclusión por plazo de diez días para oposición.

  3. Otro acto concursal24/07/2009
    ⚖️ PALMA DE MALLORCA.Proc. 214/2009Auto 02/06/2009

    El Juzgado de lo Mercantil número uno de Palma de Mallorca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 214/2009, por auto de 2 de junio de 2009 se ha declarado en concurso abreviado (voluntario) al deudor Construcciones Dajum 2007, Sociedad Limitada, CIF B-57454134, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Plaza Rey Juan Carlos I, 3, 2, 1 de Palma. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Palma de Mallorca, 3 de junio de 2009.- El/la Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.