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Concurso de acreedores
CONSTRUCCIONES DAGON-96 SOCIEDAD LIMITADA
CIF B48845291Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 18/10/2010 → 27/12/2011
- Procedimiento
- 613/2010
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación27/12/2011⚖️ BILBAOProc. 613/2010Auto 07/12/2011
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia) anuncia: Que en el procedimiento concursal número 613/2010 referente al concursado con CIF B48845291, por auto de fecha 07/12/2011 se ha acordado lo siguiente: Primero. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero. Se ha declarado disuelta la mercantil Construcciones Dagon 96, Sociedad Limitada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarto. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao, 7 de diciembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal18/10/2010⚖️ BILBAOAuto 30/09/2010
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley concursal (LC), anuncia: Primero. Que en el procedimiento número 613/10, por auto de 30-9-2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Construcciones Dagon 96, Sociedad Limitada, con NIF. B48845291, con domicilio en Polígono Industrial Biarritz, número 8 bajo, 48340 Amorebieta-Etxano, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Amorebieta. Segundo. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Bilbao, 30 de septiembre de 2010.- El/la Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.