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Concurso de acreedores
CONSTRUCCIONES COSTA LAGUNA SA
CIF A04102786Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 02/02/2012 → 13/03/2019
- Procedimiento
- 528/2011 · 05/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antiguo Instancia n
Cronología del expediente
- Declaración de concurso13/03/2019⚖️ ALMERÍAProc. 528/2011Auto 21/02/2019
El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Que en el procedimiento número 528/2011, instado por Construcciones Costa Laguna, S.A., con CIF A04102786, y domicilio en C/ Juan Sebastián el Cano, esquina Núñez de Balboa (Urbanización Pueblo Laguna, s/n), Vera (Almería), se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso de fecha 21 de febrero de 2019, en cuya parte dispositiva dispone: Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de las entidad Construcciones Costa Laguna, S.A. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la administración concursal. De conformidad a ello: Primero: Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal. Segundo: Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos. Tercero: Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso. Cuarto: Requiérase a la administración concursal para que presente su credencial en el Juzgado, cesando en tal momento de su cargo. Quinto: Se acuerda la extinción de Construcciones Costa Laguna, S.A. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de la sociedad Construcciones Costa Laguna, S.A. Almería, 6 de marzo de 2019.- Letrada de la Administracion de Justicia, Maria Ángeles Bossini Ruiz.
- Otro acto concursal21/01/2013⚖️ ALMERÍAProc. 05/2011Auto 10/01/2013
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil de Almería anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal apertura sección número 528.05/2011 referente al concursado Construcciones Costa Laguna, S.A., con CIF A04102786 se ha dictado con fecha 3-1-2013 auto en el que se hace constar: 2. Se aprueba el plan de liquidación presentado por al Administración Concursal, siendo concursada Construcciones Costa Laguna, S.A., al cual deberán atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa, con la siguiente salvedad: Caso de subasta, las acreedoras hipotecarias quedan exoneradas de depósitos para pujar y de consignar el importe de la puja si es inferior a la cuantía del crédito ostentado. 3. Cada tres meses la administración concursal presentará al Juez del concurso un informe sobre el estado de las operaciones. Almería, 10 de enero de 2013.- El/la Secretario judicial.
- Otro acto concursal02/02/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antiguo Instancia nProc. 528/2011Auto 23/11/2011
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antiguo Instancia n.º 7) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que el procedimiento número 528/2011, por auto de 23 de noviembre de 2011 se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor Construcciones Costa Laguna, S.A., con CIF A-04102786, con domicilio en Vera (Almería), Urbanización Pueblo Laguna, s/n (hoy calle Juan Sebastián el Cano, esquina Núñez de Balboa) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en el domicilio anteriormente indicado. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC, dirigiéndolos a la dirección facilitada por dicha Administración Concursal: -Juan Diego Rubio Fernández con domicilio C/ Miguel Ángel, 6-3.º A, de El Ejido (Almería) o al correo electrónico: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistido de Letrado (artículo 184.3 LC). Almería, 14 de diciembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.