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Concurso de acreedores

CONSTRUCCIONES CASTELLANA TIETAR SL

CIF B05174545Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
208/05/200902/06/2009
Procedimiento
182/2009

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal02/06/2009
    ⚖️ ÁVILA.Proc. 182/2009Auto 22/05/2009

    Edicto El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y de lo Mercantil de Avila, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 40.4 de la Ley Concursal, anuncia: Que en el concurso abreviado 182/2009, en el que figura como deudor "Construcciones Castellana Tietar, S.L.", con domicilio social en Navahondilla (Avila), calle Altozano, n.º 6, y CIF B-05174545, por auto de fecha 22-5-2009, se ha cambiado la situación de aquél en relación con las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, que han quedado de la forma siguiente: El deudor mantiene las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometido a la intervención de la administración concursal mediante su autorización o conformidad. Avila, 22 de mayo de 2009.- El Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal08/05/2009
    ⚖️ ÁVILA.Proc. 182/2009Auto 28/04/2009

    Edicto El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ávila y de lo Mercantil, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 182/2009, por auto de fecha 28 de Abril de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Construcciones Castellana Tietar, Sociedad Limitada", con domicilio social en Navahondilla (Ávila), calle Altozano, número 6 y C.I.F. B05174545. Segundo.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Provincia y en el Diario de Ávila. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Ávila, 28 de abril de 2009.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.