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Concurso de acreedores

CONSTRUCCIONES ARENOSA SA

CIF A28968923Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
904/10/201007/07/2026
Procedimiento
919/2010 · 222/2025
Juzgado
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID. PLAZA Nº 6 · SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID N.º 6 · Mercantil - 6 · Juzgado de lo Mercantil núm. 7 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso07/07/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID. PLAZA Nº 6 Proc. 919/2010Auto 15/06/2026

    Auto de conclusión de concurso

  2. Conclusión del concurso15/06/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID N.º 6Proc. 919/2010Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINAuto 15/06/2026

    Auto de conclusión de concurso por finalización de las operaciones de liquidación.

  3. Otro acto concursal16/03/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID N.º 6Proc. 919/2010Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINAuto 16/03/2026

    Solicitud de conclusión de concurso, informe final de liquidación, rendición de cuentas y boletín estadistico

  4. Otro acto concursal26/03/2025
    ⚖️ Mercantil - 6Proc. 222/2025Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINAuto 26/03/2025

    Decreto apertura de expediente de consignación judicial

  5. Otro acto concursal23/11/2022
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID. PLAZA Nº 6 Proc. 919/2010Juez : IGNACIO FERNANDEZ DE SENESPLEDAAuto 15/06/2026

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  6. Otro acto concursal23/11/2022
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID. PLAZA Nº 6 Proc. 919/2010Juez : EDUARDO PASTOR MARTÍNEZAuto 15/06/2026

    CONCLUSIÓN CONCURSO

  7. Declaración de concurso01/10/2011
    ⚖️ MADRIDProc. 919/2010Auto 19/09/2011

    María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 919/2010 referente al concursado Construcciones Arenosa, Sociedad Anónima Unipersonal, CIF A-28968923, por auto de fecha diecinueve de septiembre de dos mil once se ha acordado lo siguiente: 1. Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor referenciado. 2. Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 4. Se declara disuelta la citada mercantil, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 5. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este tribunal y se publicarán en el Boletín Oficial del estado con carácter gratuito. 6. Conforme al artículo 168.1 Ley Concursal cualquier interesado podrá personarse en la sección sexta en el plazo de diez días desde la última de las publicaciones acordadas y ser parte en la misma alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Madrid, 19 de septiembre de 2011.- La Secretario Judicial.

  8. Otro acto concursal05/01/2011
    ⚖️ MADRIDProc. 919/2010Auto 17/12/2010

    D.ª María Jesús Palmero Sandin, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia: Primero.-Que en el procedimiento concursal voluntario número 919/2010 referente al deudor Construcciones Arenosa, Sociedad Anónima Unipersonal, CIF: A-28968923, se ha presentado el informe del administración concursal al que se refiere el capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado. Segundo.-Dentro del plazo de diez días, computados desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado (con carácter gratuito) y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Las partes personadas podrán presentar impugnaciones dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la providencia de fecha 17 de diciembre de 2010 (artículo 96.1 Ley Concursal). Las impugnaciones se sustanciarán por los trámites del incidente concursal. Tercero.-Las impugnaciones se realizarán por medio de Letrado y Procurador de los tribunales (artículo 184.4 Ley Concursal). Del escrito de demanda y documentos acompañados deberán presentarse diecisiete copias (17) en soporte papel o en cd individualmente emblistado para el emplazamiento de los personados (artículo 94.3 Ley Concursal). Madrid, 17 de diciembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

  9. Otro acto concursal04/10/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 7 de MadridProc. 919/2010Auto 01/06/2010

    Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.-Que en el procedimiento Concurso Voluntario número 919/2010, por auto de 1 de junio de 2010 se ha declarado en concurso al deudor "Construcciones Arenosa, Sociedad Anónima Unipersonal", CIF: A28968923 con domicilio en 28010 Madrid, calle Eloy Gonzalo, número 27, 4.º, donde radica el centro de sus intereses principales. Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal, integrada por el Auditor Economista don Luis Bastida Pérez. Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. Cuarto.-El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la última publicación de los anuncios, que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado" con carácter gratuito, en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en el Registro Público Concursal en su caso. Quinto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sexto.-El presente concurso (sociedad dominada) fue declarado por el Juzgado de lo Mercantil núm. 7 de Madrid y acumulado al concurso 432/2010 (sociedad dominante: "J. Quijano, Sociedad Limitada") que se sigue en el Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid por auto de este último de fecha 23 de junio de 2010. Madrid, 17 de septiembre de 2010.- La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.