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Concurso de acreedores
CONSTRUCC. Y PROMOC. MESON GRANADA I SL
CIF B07680986Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 07/05/2013 → 23/11/2023
- Procedimiento
- 298/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA · Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma De Mallorca
Cronología del expediente
- Otro acto concursal23/11/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 298/2013Juez : MARINA BEATRIZ RODRIGUEZ BAUDACHAuto 03/10/2023
Se aprueba el plan de liquidación, para realización de bienes y derechos. Se forma la sección sexta, dentro de los diez días los acreedores legitimados podrán personarse en la referida sección .
- Conclusión del concurso13/10/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 298/2013Juez : MARIA CRISTINA ALONSO VIOQUEAuto 03/10/2023
Se declara la conclusión del concurso con aprobación de la rendición de cuentas, en resolución que tiene carácter de firme.
- Otro acto concursal12/07/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 298/2013Juez : MARIA CRISTINA ALONSO VIOQUEAuto 20/06/2023
Se ha presentado rendición de cuentas para examen por interesados en la oficina judicial en 15 días.
- Otro acto concursal28/02/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 298/2013Juez : MARIA ISABEL LOPEZ MONTAÑEZAuto 03/10/2023
Declarar al deudor MOBILIARI PER COL·LECTIVITATS S.L., en situación de concurso voluntario, concluir el concurso por insuficiencia de masa activa
- Conclusión del concurso28/02/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 298/2013Juez : CARMEN GONZÁLEZ SUÁREZAuto 03/10/2023
Se aprueba el plan de liquidación de los bienes y derechos de la concursada y se abre la sección de calificación.
- Declaración de concurso07/05/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma De MallorcaProc. 298/2013Auto 12/04/2013
Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma De Mallorca, por el presente, hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 298/2013 y NIG n.º 07040 47 1 2013 0000335, se ha dictado en fecha 12 de abril de 2013 auto de declaración de concurso necesario ordinario del deudor Promociones Meson Granada I, S.L., con domicilio en Teodoro Canet, 31, local 1, del Puerto de Alcudia 07410 y n.º de CIF B-07680986. 2.º-Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que serán asumidas por la Administración concursal. 3.º-Que ha sido nombrado como Administrador concursal la mercantil IB Gestión de Concurso de Acreedores, S.L.P., con n.º de CIF B-57737892, quien ha designado para las funciones propias de la Administración concursal al Auditor a don Pedro Gelabert Batle, con n.º de DNI 42.941.394-A, quien en fecha 3 de mayo de 2013, ha aceptado el cargo. 4.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante la Administración concursal a la dirección postal: Calle Pere Dezcallar i Net, n.º 11, 2.º, 07003 de Palma de Mallorca o a través de la dirección de correo electrónico: [email protected], en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.º 184.3 Ley Concursal). Palma, 3 de mayo de 2013.- El Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.