Concurso de acreedores
CONSTINFER SL
CIF B64713795Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 17/05/2012 → 16/05/2018
- Procedimiento
- 183/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona hago saber
Cronología del expediente
- Otro acto concursal16/05/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona hago saberProc. 183/2012Auto 08/05/2018
M. José Hompanera González, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona hago saber que: En el concurso abreviado 183/2012 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de CONSTINFER, S.L., con NIF B64713795, con domicilio en calle Renaixement 89, Terrassa. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 8 de mayo de 2018.- Letrado Administración de Justicia.
- Declaración de concurso17/05/2012⚖️ BARCELONAAuto 17/04/2012
María José Hompanera González, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil número 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto: Concurso voluntario número 183/ 12-D4. Tipo de concurso: Concurso voluntario abreviado. Entidad instante del concurso y NIF: "Constinfer, S.L.", CIF B-64713795. Fecha del auto de declaración: 17 de abril de 2012. Administradores concursales: Don Jorge Zorrilla Mir, con domicilio rambla Cataluña, números 49-51, principal 2.ª, 08007 Barcelona, y teléfono 933223030, y en calidad de Abogado y dirección electrónica: [email protected]. Facultades del Concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 17 de abril de 2012.- Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.