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Concurso de acreedores
CONGELADOS ROPER SOCIEDAD LIMITADA
CIF B35222215Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 7 — 26/09/2012 → 28/03/2017
- Procedimiento
- 44/2012 · 05/2014 · 22/2003
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria
Cronología del expediente
- Declaración de concurso28/03/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 44/2012Auto 06/03/2017
Edicto Doña ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000044/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de D./Dña. CONGELADOS ROPER, S.L., y CIF n.º B35222215, se ha dictado Auto en esta fecha, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: En atención a lo expuesto se acuerda la conclusión definitiva del presente Concurso Ordinario 44/2012 de la entidad CONGELADOS ROPER, S.L., por cumplimiento del convenio, dese al presente auto la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursa! Notifíquese esta resolución a las partes personadas haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno Publíquese esta resolución mediante edictos en el BOE y RPC y líbrese mandamiento al Registro Mercantil de Lanzarote para las anotaciones correspondientes. El edicto al BOE y el mandamiento al Registro Mercantil, se entregarán a la representación de la concursada para cuidar de sus presentaciones. Las Palmas de Gran Canaria, 6 de marzo de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso24/11/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaAuto 04/11/2016
Edicto Doña ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000044/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de Congelados Roper, S.L., con CIF n.º B35222215, se ha dictado Auto en esta fecha cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: 1.- En atención a lo expuesto se acuerda declarar el cumplimiento del convenio de la concursada CONGELADOS ROPER, S.L. 2.- Publíquese el auto por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado, en el Registro Público Concursal y en el BOE. Las Palmas de Gran Canaria, 4 de noviembre de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso12/06/2015⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAAuto 22/11/2013
Edicto Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000044/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de "CONGELADOS ROPER, S.L." y CIF n.º B35222215, se ha dictado en fecha 29/05/ 2014 Sentencia que aprueba el convenio y derechos y la lista de acreedores, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Apruebo la propuesta de convenio de "CONGELADOS ROPER, S.L.", que obra en escritura pública de fecha 22 de noviembre de 2013 otorgada ante el Notario don Pedro Eugenio Botella Torres, con el número 2.612 de su protocolo, y que queda unida a esta resolución formando parte integrante de la misma. Dése a esta resolución la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. La administración concursal cesa en virtud de esta resolución y rendirá cuentas de su actuación ante el juez del concurso, dentro del plazo de un mes desde la notificación de esta resolución. Con periodicidad semestral, contada desde la fecha de la sentencia aprobatoria del convenio, el deudor informará al juez del concurso acerca de su cumplimiento. Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (artículo 458.1 LEC). Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª LOPJ) Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. El recurso se tramitará con carácter preferente. El convenio adquirirá plena eficacia desde la fecha de la sentencia de su aprobación, salvo que, recurrida ésta, quede afectado por las consecuencias del acuerdo de suspensión que, en su caso, adopte el juez conforme a lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 197 de la Ley Concursal. Las Palmas de Gran Canaria, 13 de abril de 2015.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso11/06/2015⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 05/2014Auto 22/11/2013
Edicto. Doña ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000044/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de CONGELADOS ROPER, S.L., y CIF n.º B35222215, se ha dictado en fecha 29/05/2014 Sentencia que Aprueba el Convenio y derechos y la lista de acreedores, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Apruebo la Propuesta de convenio de CONGELADOS ROPER, S.L., que obra en escritura pública de fecha 22 de noviembre de 2013 otorgada ante el Notario don Pedro Eugenio Botella Torres, con el número 2.612 de su protocolo, y que queda unida a esta resolución formando parte integrante de la misma. Dése a esta resolución la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. La administración concursal cesa en virtud de esta resolución y rendirá cuentas de su actuación ante el juez del concurso, dentro del plazo de un mes desde la notificación de esta resolución. Con periodicidad semestral, contada desde la fecha de la sentencia aprobatoria del convenio, el deudor informará al juez del concurso acerca de su cumplimiento. Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (art. 458.1 LEC). Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª LOPJ). Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. El recurso se tramitará con carácter preferente. El convenio adquirirá plena eficacia desde la fecha de la sentencia de su aprobación, salvo que, recurrida ésta, quede afectado por las consecuencias del acuerdo de suspensión que, en su caso, adopte el juez conforme a lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 197 de la Ley Concursal. Las Palmas de Gran Canaria, 13 de abril de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.
- Declaración de concurso26/12/2013⚖️ Juzgado de Lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 44/2012Auto 11/12/2013
Edicto. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial, del Juzgado de Lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 44/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de Congelados Roper, S.L., y con CIF B-35222215, se ha dictado en el día de hoy Auto, declarando finalizada la fase común del concurso, abriendo la fase de convenio y señalándose para Junta de Acreedores el próximo 09/05/2014 a las 09,30 horas, en la sala de vistas de este Juzgado. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio. Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a la propuesta de convenio presentada en los términos previstos en el art. 115.3 de la Ley Concursal. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el art. 118 de la Ley Concursal. Las Palmas de Gran Canaria, 11 de diciembre de 2013.- Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso03/12/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 44/2012Auto 14/11/2012
Edicto Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 44/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de Congelados Roper, S.L., con CIF n.º B35222215, se ha presentado el informe de la Administración concursal al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el registro público concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de Gran Canaria, 14 de noviembre de 2012.- Secretaria judicial.
- Declaración de concurso26/09/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 22/2003Auto 31/07/2012
Edicto Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000044/2012, seguido a instancias del procurador don Pedro Servera Carreras, en nombre y representación de Congelados Roper, S.L., se ha dictado auto el día 31 de julio de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Congelados Roper, S.L., Con CIF n.º B35222215, el que se tramitará por el procedimiento ordinario. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el registro público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Se designa como administrador del concurso a: "Riera Abogados y Economistas, Sociedad Civil Profesional" la persona natural que representará a la empresa en el cargo de administrador concursal es don Juan Manuel Riera Casadevall, DNI 40263912-C abogado, por quien se hace saber que no está incurso en ningún supuesto de incapacidad, incompatibilidad o prohibición para el desempeño del cargo, señalando que la oficina o despacho donde desempeñará su cargo en la localidad del ámbito de este Juzgado se encuentra en: 35.005-Las Palmas de Gran Canaria, calle Chopin núm. 22. Teléfono: 928 244 249; fax: 928 20 91 42 y email: [email protected]. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; su intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal en el domicilio designado por la administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 LC). Don Carlos Martínez de Uceda Calatrava, Magistrado Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a judicial.-firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que este no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 14 de septiembre de 2012.- Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.